El oficialismo explicó este miércoles las modificaciones incorporadas al proyecto que busca reformar la Ley de Salud Mental, vigente desde 2010. Se trata de diez puntos que hacen foco en cambios bastante debatidos entre organizaciones y familiares que luchan por una nueva reglamentación. Las reformas incluyen desde un nuevo criterio para las intervenciones voluntarias, modificaciones en la intervención judicial hasta un régimen específico para niños y adolescentes. Y sostuvieron la prohibición de la creación de manicomios, un punto clave en el debate.
Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado, fue la encargada de presentar el proyecto. Estuvo acompañada por Ivanna Arrascaeta, presidenta de la Comisión de Salud, y Nadia Márquez, titular de la Comisión de Legislación General. El oficialismo confía en que logrará conseguir dictamen del proyecto este jueves.
Uno de los cambios centrales es el abandono del criterio de “riesgo cierto e inminente”. La ley vigente establece que una persona puede ser internada contra su voluntad de manera excepcional cuando existe un “riesgo cierto e inminente” para sí misma o para terceros y no hay una alternativa ambulatoria eficaz.
Sin embargo, con la modificación se pretende que los profesionales puedan evaluar una serie de conductas que anticipen la posibilidad de un daño, sin tener que esperar necesariamente a que el peligro sea inminente. El objetivo es intervenir antes de que ocurra una situación grave.
Este punto genera posiciones encontradas entre especialistas y familiares. Alberto Trimboli, fundador de la Asociación Argentina de Salud Mental, cuestionó el argumento de que actualmente no se puede intervenir antes de una situación extrema. Para Trimboli, reemplazar el criterio vigente por el de “riesgo grave de daño” introduce una definición más amplia e imprecisa. “La internación involuntaria es una medida restrictiva que restringe derechos individuales fundamentales. Por eso necesita criterios claros y controles rigurosos”, advirtió.
Una mirada diferente tiene Marina Charpentier, madre del músico Chano, quien tomó relevancia pública a partir de los problemas de adicción a las drogas que atravesó su hijo. Consultada por Clarín, consideró que la modificación podría ayudar a las familias que atraviesan situaciones críticas. “El cambio ayudaría a las familias a internar a personas que están perdidas en consumo o en psicosis. Las garantías existen porque la Justicia revisa las internaciones periódicamente y si el seguimiento es correcto no tiene por qué prolongar una internación innecesaria”, sostuvo.
Bullrich presentó un proyecto para reformar la ley de salud mental. Foto Federico Lopez Claro
Además, remarcó la importancia de que los profesionales tengan en cuenta el recorrido previo de los pacientes: “Las familias necesitan ser escuchadas y poder contar el total de la historia y no que se tome la urgencia del momento”.
¿Qué pasa cuando se trata de una internación involuntaria?
La ley 26.657 establece que para justificar la internación involuntaria de una persona se requiere una evaluación interdisciplinaria y la firma de al menos dos profesionales para justificar la misma. Uno de ellos debe ser psicólogo o psiquiatra.
En este punto, el proyecto propone reemplazar la exigencia de que intervenga obligatoriamente un psiquiatra por la participación de un médico, aunque establece que preferentemente sea especialista en psiquiatría o con formación en salud mental.
La iniciativa también incorpora la posibilidad de realizar teleconsultas sincrónicas cuando no haya un psiquiatra disponible en la zona. A su vez, reconoce la participación del psicólogo en la evaluación y en el proceso de alta.
Sobre este cambio, Trimboli expresó su preocupación por la posibilidad de que una internación quede inicialmente en manos de un profesional sin formación específica en salud mental. “No podemos dejar en manos de un cirujano, un dermatólogo o un proctólogo la salud mental de las personas o un médico clínico”, cuestionó.
También rechazó la alternativa de las consultas virtuales: “Ellos agregan que la evaluación se pueda hacer por Zoom. Eso me parece un disparate. Hay pueblos donde no existe internet, ¿cómo se haría en ese caso? Esto no está pensado en la situación actual de todo el país”.
Por su parte, Charpentier destacó la necesidad de mantener la participación de distintas especialidades en las decisiones sobre los pacientes. “Creo que siempre es necesaria la presencia y el seguimiento de un médico con la intervención de las interdisciplinas que aporten las otras miradas”, señaló.
Cambios en la notificación judicial
La normativa vigente establece mecanismos de notificación y control judicial para las internaciones involuntarias. Según explicó Patricia Bullrich, el nuevo esquema busca eliminar la autorización judicial previa y reemplazarla por una notificación de la internación al juez. A partir de la misma el magistrado podría solicitar informes, ordenar peritajes o intervenir ante controversias relacionadas con la internación o el alta.
El argumento presentado por la senadora es que la decisión inicial debe responder a una evaluación sanitaria y no depender de una autorización de un juez que no necesariamente tiene formación clínica.
Trimboli celebró esa decisión ya que un juez “no tiene las competencias de un psicólogo o un psiquiatra”. En tanto, Charpentier consideró que “la intervención judicial debe convocarse si es necesario y el paciente no se adhiere al tratamiento o no acepta la posible internación”.
Se amplía la definición de adicciones
La presentación propone también reemplazar el enfoque centrado en los “consumos problemáticos”, el objetivo es contemplar distintas conductas adictivas y no limitar la referencia a las drogas legales e ilegales. Por esa razón se incluye la ludopatía dentro de la categorización. Bullrich mencionó como ejemplo la ludopatía, es decir, la adicción al juego, que puede generar consecuencias en la salud mental y en la vida cotidiana de una persona.
Se prohíben los manicomios y se refuerza la atención comunitaria
Mucho se habló de este punto central, que introduce una modificación respecto del proyecto original, que contemplaba la posibilidad de contar con hospitales especializados de una sola especialidad. En la versión presentada, según explicó Bullrich, se prohíbe la creación de manicomios y las prácticas manicomiales.
En paralelo, se busca fortalecer alternativas de atención fuera de la internación tradicional. Entre los dispositivos mencionados están la atención ambulatoria y domiciliaria, las casas de convivencia, los hospitales de día y los centros de capacitación sociolaboral. También se refuerzan las políticas de promoción y prevención.
En este sentido, Charpentier se mostró a favor de ampliar las alternativas disponibles para los pacientes. “Todos los lugares que se sumen para el tratamiento de salud mental son bienvenidos. El modelo manicomial ya no existe. Los enfermos necesitan y merecen tener centros especializados en salud mental con profesionales capacitados y edificios modernos, adaptados y dignos”, expresó.
Más modificaciones
Se delimita la participación a padres, hijos, cónyuges o convivientes y contempla la representación legal o la tutoría cuando corresponda. Además, incorpora una obligación explícita del Estado de garantizar apoyo cuando una persona no tiene familiares disponibles o carece de una red que pueda acompañarla. La modificación apunta a quienes atraviesan un problema de salud mental no queden sin acompañamiento por no contar con un familiar que pueda hacerce cargo.
La reforma también incorpora un esquema de atención diferenciado para niños, niñas y adolescentes, con equipos especializados en salud infantojuvenil y dispositivos distintos de los destinados a adultos. También restringe la internación de menores en unidades para adultos. Si no existiera otra alternativa, esa permanencia debería ser momentánea y la imposibilidad de acceder a un dispositivo específico tendría que estar justificada.
Por otro lado, la propuesta también incorpora la obligación de elaborar un plan de egreso desde el diagnóstico, con objetivos para el alta y recursos de apoyo para sostener el tratamiento fuera de la institución. Además, define como internación prolongada aquella que supera los 180 días corridos o acumulados por reinternaciones en un período de dos años.
El último punto introduce la posibilidad de que una persona deje expresado de antemano si acepta o rechaza determinados tratamientos para una eventual situación futura en la que no pueda manifestar su voluntad. La decisión debe tomarse cuando la persona está en condiciones de hacerlo y, según explicó Bullrich, puede revocarse en cualquier momento.
MG
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