Una pareja dueña de tres perros deberá pagar un resarcimiento de casi 4,7 millones de pesos -más intereses- a una mujer que fue atacada por los animales cuando circulaba a bordo de su moto.
El hecho se produjo el 24 de octubre de 2023 en la ciudad de Mercedes (Corrientes) y la víctima sufrió una profunda mordedura en el muslo izquierdo, con un proceso de reinfección.
La mujer sostuvo que los animales salieron de una propiedad próxima a la esquina de las calles Las Carretas y Juan Pujol, provocando su caída de la moto. Y que en esas circunstancias, uno de los animales la mordió.
El ataque en jauría fue protagonizado por un macho castrado de raza Jack Russell Terrier y dos ejemplares de raza crestado rodesiano (uno macho y uno hembra). Y fue uno de estos dos últimos el que provocó las lesiones.
El crestado rodesiano es un perro potente y ágil, de pelaje liso. Foto Kennel Club Argentina
En su fallo, que no fue apelado, el juez Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, Gustavo René Buffil, destacó que los demandados admitieron que el perro que provocó la lesión les pertenecía, pero buscaron quitarle gravedad al hecho.
A través de su abogado, señalaron que “uno de los perros de ellos (Rhodesiano) se escapa y muerde a la actora, un solo perro, una sola lesión”. Y que el proceso de reinfección se produjo porque no guardó el reposo indicado.
“Se entiende que la verdadera causa del daño está constituida por el accionar de los dueños del can, quienes no cumplieron con la obligación legal de custodiarlo de tal manera que no constituyera una potencial amenaza para la integridad de las otras personas, animales y bienes, lo que significaba mantenerlo dentro de su propiedad y en el supuesto que fuera paseado por su dueño o terceros por la vía pública debía hacerlo con la utilización de correa o cadena”, sostuvo el magistrado.
Buffil dejó en claro que “si los demandados hubieran adoptado las normas de seguridad pertinentes respecto a su perro, el hecho ilícito no se hubiera producido. En conclusión, deberá atribuirse el 100% de responsabilidad por el daño sufrido por la accionante consecuencia de la mordedura en su pierna, toda vez que permitió que deambulase en la vía pública”.
A raíz del ataque, la mujer afrontó un tratamiento médico que incluyó tratamiento quirúrgico (drenajes y toilettes) y antibioticoterapia parenteral, cursando un período de incapacidad temporal de 40 días y una rehabilitación kinesiológica de ocho meses.
Como consecuencia de la mordedura, la mujer quedó con cuatro cicatrices lineales de casi un centímetro cada una, y con un dolor persistente en la rodilla izquierda a causa de la caída de la moto.
Para calcular la indemnización, el juez estableció en base a las pericias que la mujer sufrió un 1% de incapacidad parcial y permanente por defecto estético leve (cicatrices); y 4% de incapacidad parcial y permanente por síndrome doloroso crónico postraumático de rodilla izquierda.
La resolución judicial de Buffil destaca que el ataque fue cometido “por un perro de raza Crestado Rhodesiano, caracterizada por su instinto de presa, gran fuerza física y temperamento dominante, que impone a sus propietarios una obligación reforzada de guarda y adiestramiento".
"Al encontrarse suelto en la vía pública, y más aún actuando en jauría junto a otros canes, el riesgo propio de su naturaleza se potenció, superando los niveles de tolerancia social previstos”, indicó el fallo.
Destacó además que los propietarios de los canes no contaban en su vivienda con un cerco perimetral que impidiera su salida hacia la calle.
Al referirse al daño moral sufrido por la mujer, lo consideró relevante no sólo por el dolor causado por las heridas y el tratamiento médico, sino también el temor a pasar por el lugar o cerca de otros perros.
Y el ataque padecido afectó su “integridad espiritual y, que naturalmente generaron aflicción, temor, angustia e inseguridad”, lo cual debía contemplarse al momento de fijar la indemnización.
EMJ
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