
A través del decreto 423/2026, el Poder Ejecutivo de la Nación oficializó este miércoles la rebaja de retenciones anunciada por el presidente Javier Milei durante el 172° aniversario de la Bolsa de Cereales de Buenos Aires, y explicada en detalle un día después por el ministro de Economía, Luis Caputo.
El esquema es tal cual se había especificado: para trigo y cebada, una reducción de dos puntos a aplicar desde ya; mientras que, para soja, maíz, girasol y sorgo, una baja gradual que comenzará desde enero de 2027.
No obstante, el decreto trajo como novedad que el biodiésel tendrá retenciones cero si es obtenido a base de alguno de los cultivos “bioenergéticos” que están siendo un boom en los últimos años, como carinata, cártamo, colza o camelina, mientras que pagará una alícuota que bajaría del 21% en la actualidad al 13% en diciembre de 2028 si se elabora en base a aceite de soja.
LAS RETENCIONES, UN “IMPUESTO DISTORSIVO”
“Esta gestión de gobierno entiende necesario continuar creando condiciones favorables para la producción, el comercio exterior y la apertura de nuevos mercados, fortaleciendo la estabilidad macroeconómica y el desarrollo del sector productivo en cada región del país, brindando certezas y mayores oportunidades de negocios a los productores, elaboradores y exportadores de las distintas cadenas de valor involucradas”, argumentó el Gobierno en los considerandos del texto normativo.
Además, repasó que el sector agroindustrial “constituye una de las principales fuentes de generación de divisas, de desarrollo regional y de empleo a raíz de las exportaciones” y que, por ello, “resulta necesario continuar fortaleciendo el impulso exportador del sector agroindustrial con medidas que fortalezcan los procesos de simplificación, reducción de trámites, facilitación del comercio, apertura de nuevos mercados y disminución de impuestos distorsivos”.
“Esta gestión entiende a los derechos de exportación como un impuesto distorsivo que debe eliminarse y que, en la medida en que lo permita el superávit fiscal, se irán reduciendo hasta su desaparición”, añadió el Ejecutivo.
En ese marco, justificó la necesidad de “establecer un programa gradual, previsible y verificable de reducción de los derechos de exportación que permita materializar el compromiso asumido por esta gestión, otorgando certidumbre a los actores del sector agroindustrial, promoviendo la inversión, el incremento de la producción y la consolidación de una mayor inserción internacional de la República Argentina”.
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Bajo este panorama, compartió que corresponde estructurar el programa en dos componentes diferenciados: uno de aplicación inmediata para los cultivos de invierno, atento a la proximidad de las decisiones de siembra y la necesidad de adoptar medidas urgentes, y otro para los cultivos de verano, con un cronograma que inicia con posterioridad.
“Ambos esquemas han sido diseñados de modo tal que, al momento de la comercialización de la producción, las reducciones en los derechos de exportación se encuentren efectivamente vigentes, procurando así compatibilizar el compromiso de su eliminación con una trayectoria gradual que no comprometa el equilibrio fiscal”, indicó el Gobierno.
Además, sostuvo que, acorde a los resultados económicos logrados durante el año 2025 y el transcurso del corriente, la medida busca dotar de una mayor competitividad a las cadenas de valor que forman parte de uno de los sectores productivos más dinámicos y relevantes del país.
Esto, “a través de la reducción de los derechos de exportación en forma permanente, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor agroindustriales”, puntualizó.
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“Por ello, es menester establecer una reducción de la alícuota del derecho de exportación para ciertas mercaderías comprendidas en las cadenas de granos correspondientes a soja, girasol, maíz, sorgo, trigo y cebada”, reforzó el Ejecutivo.
Y completó: “Asimismo, y en virtud de las nuevas regulaciones vigentes en los mercados de destino y de los avances tecnológicos registrados en la producción de biocombustibles, se dispone la reducción de la alícuota del derecho de exportación -a niveles equivalentes a los establecidos para la exportación de aceites- para, entre otros, determinados productos que integran la posición arancelaria del biodiésel: el obtenido a partir de aceites de colza, de cártamo, de Brassica Carinata y de Camelina Sativa, con el objetivo de ampliar y diversificar los mercados de exportación”.
El decreto y sus correspondientes anexos con los detalles de los productos incluidos en la rebaja de retenciones se pueden ver aquí: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342702/20260603
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